Tratamiento de la propiedad intelectual digital en el marco de la ley 1915 de 2018
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Fecha
2022-07-08Autor
Cardozo Usuga, Manuel Estiven
Gómez Higuita, Carlos Adolfo
Jiménez Zapata, Andrés Gildardo
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El objetivo general del artículo es analizar la protección jurídica que tiene la propiedad intelectual digital en el marco de la Ley 1915 de 2018 en Colombia. Para lograr este fin se han formulado tres objetivos específicos que permitirán responder a la siguiente pregunta: ¿Cuál es la protección jurídica otorgada a la propiedad intelectual digital en el marco de la Ley 1915 de 2018 en Colombia? En cuanto a los objetivos específicos, el primero de ellos se enfoca en recopilar los elementos conceptuales y jurídicos del contexto de aplicación de la Ley 1915 de 2018 en torno al manejo de la propiedad intelectual digital; el segundo objetivo consiste en identificar las garantías jurídicas a las que está sujeta la Propiedad Intelectual Digital -en adelante “PID”- y finalmente, analizar desde el derecho comparado entre Colombia y Estados Unidos, cuáles son los aspectos diferenciales que pueden tomarse en cuenta como base para manejo del objeto de estudio. En cuanto a la ruta metodológica, se propone un artículo documental, bajo una metodología cualitativa, sin intervención y con un método inductivo, donde las principales variables de análisis están relacionadas con la dinámica comercial en la que se desarrolla la propiedad intelectual digital, además de los lineamientos legales vigentes y los desafíos que se deben enfrentar en el contexto regulatorio. Como resultado final del artículo, se pudo concluir que la norma analizada (Ley 1915 de 2018) en cuanto al tratamiento específico de la PID en Colombia aún no cuenta con suficientes elementos normativos que se puedan tomar en cuenta y que puedan ser utilizados. ejercicio jurídico, sin embargo, cada día se formulan estrategias para formular un régimen que vaya de la mano con los cambios que se están dando en torno al tema, pero hay que considerar que en el caso colombiano el tratamiento de la PI en el entorno digital, bien puede basarse en la Política Nacional de Propiedad Intelectual (CONPES 4062) y otras fuentes dispersas que protegen los derechos de los creadores o cesionarios.
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